La Formalización

En el sistema penal chileno, la identificación de un delito por parte de la víctima es un punto de partida crucial, pero no determina automáticamente la formalización del mismo. Aquí te explico cómo se entrelazan estos conceptos:

  1. El Rol de la Víctima:
    1. Denuncia:  
      1. La víctima tiene el derecho de denunciar un delito ante las autoridades (Carabineros, Policía de Investigaciones, Fiscalía). Esta denuncia pone en marcha la investigación.
    1. Querella:
      1. La víctima también puede presentar una querella, convirtiéndose en parte activa del proceso legal.
  2. La Investigación del Ministerio Público:
    1. El Ministerio Público es el ente encargado de investigar los delitos. Aunque la víctima identifique al presunto responsable, la Fiscalía debe realizar su propia investigación para reunir pruebas.
    1. Formalización:
      1. La formalización es el acto en que la Fiscalía comunica al imputado que está siendo investigado. o No todos los delitos denunciados se formalizan. La decisión depende de la suficiencia de pruebas y la gravedad del delito.
  3. Delitos No Formalizados:
    1. Un delito puede no formalizarse por falta de pruebas, dificultad para identificar al responsable, o decisión de la Fiscalía de no perseverar.
    1. A pesar de no formalizarse, la denuncia queda registrada.
    1. Derechos de la victima:
      1. La ley 19.696, establece que el ministerio público estará obligado a velar por la protección de la víctima del delito en todas las etapas del procedimiento penal.    

Puntos Clave:

  • La identificación del delito por la víctima es fundamental, pero la formalización depende de la investigación del Ministerio Público.
    • El sistema busca equilibrar el derecho de la víctima a la justicia con la necesidad de pruebas sólidas para proceder legalmente.

En resumen, la identificación de un delito por la víctima es un paso esencial, pero el proceso legal sigue su curso bajo la dirección del Ministerio Público, quien decide sobre la formalización basándose en las pruebas recopiladas.

En el contexto del sistema penal chileno, la cuestión de la indemnización para víctimas de delitos no formalizados es compleja. Aquí te presento una visión general:

  1. Formalización y Derechos de la Víctima:
    1. La formalización de un delito es un paso crucial en el proceso penal. Permite que la víctima participe activamente y que se consideren sus derechos, incluyendo la posibilidad de reparación.
    1. La ley 19.696, establece que el ministerio público estará obligado a velar por la protección de la víctima del delito en todas las etapas del procedimiento penal, 1 y que el fiscal deberá promover acuerdos patrimoniales, medidas cautelares u otros mecanismos que faciliten la reparación del daño causado a la víctima.    
  2. Delitos No Formalizados y Desafíos:
    1. Si un delito no se formaliza, la víctima puede enfrentar dificultades para obtener una indemnización a través del sistema penal.
    1. Esto se debe a que la falta de formalización puede implicar que no se haya establecido legalmente la responsabilidad de un individuo.
    1. Sin embargo, esto no excluye la posibilidad de acciones civiles por separado.
  3. Acciones Civiles:
    1. Independientemente de la formalización penal, la víctima puede iniciar acciones civiles para buscar una indemnización por daños y perjuicios.
    1. En estas acciones, la víctima debe presentar pruebas para demostrar el daño sufrido y la responsabilidad del presunto autor.
    1. Por lo tanto, aunque no haya una formalización penal, la vía civil permanece abierta para la búsqueda de una reparación económica.
  4. Consideraciones Importantes:
    1. La obtención de una indemnización ya sea por vía penal o civil, depende de la disponibilidad de pruebas y de la capacidad de demostrar el daño.
    1. Es recomendable que las víctimas busquen asesoría legal para comprender sus derechos y las opciones disponibles.

En resumen:

  • Aunque la formalización penal facilita el proceso de indemnización, la falta de ella no cierra completamente la puerta a la reparación.
    • Las acciones civiles representan una vía alternativa para que las víctimas busquen compensación por los daños sufridos.

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El ministerio público estará obligado a velar por la protección de la víctima del delito en todas las etapas del procedimiento penal y que el fiscal deberá promover acuerdos patrimoniales que faciliten la reparación del daño causado a la víctima.

Juan Ignacio Ulloa Pino


Una respuesta a «La Formalización»

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